jueves, 1 de noviembre de 2012

Servicio de ayuda a domicilio.- Su fin es el de atender sus necesidades de la vida diaria.


 

La atención de esta ayuda a domicilio, esta prestada por entidades o empresas acreditadas, para esta función.

-     Promover la autonomía personal en el medio habitual, atendiendo las necesidades de las personas con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria.

-     Prevenir y evitar el internamiento de personas, pues, con este servicio, puede permanecer en su medio habitual.

-     Promover la convivencia de la persona en su grupo de permanencia y con su entorno comunitario.

-     Favorecer la participación de las personas en la vida de la comunidad.

-     Servir como medida de desahogo familiar, apoyando a las personas cuidadoras.

Engloba la ayuda a domicilio las siguientes:

Actuaciones de carácter doméstico: Relacionadas con la alimentación.

-     Preparación de alimentos en el domicilio.

-     Servicio de comida a domicilio.

-     Compra de alimentos con cargo a la persona usuaria.

Actuaciones de carácter personal: Relacionada con el vestido.

-     Lavado de ropa en el domicilio y fuera del mismo.

-     Repaso y ordenación de la ropa.

-     Planchado de ropa en el domicilio o fuera del mismo.

-     Compra de ropa con cargo de la persona usuaria.

Actuaciones de carácter de limpieza. Relacionada con el mantenimiento de la casa.

-     Limpieza cotidiana y general de la vivienda.

-     Pequeñas tareas domésticas, como por ejemplo, tareas que la persona realizaría por si misma en condiciones normales y que no son objetos de otros profesionales.

Están exentas de estas actividades, tales como pintar la vivienda, limpieza a fondo ventanas, bañar perros, etc.


 

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