-
El acceso a los datos confidenciales de la persona
usuaria debe limitarse al equipo de profesionales que participan en su
atención.
-
Los datos médicos no pueden ser cedidos o
comunicados a terceros sin el consentimiento expreso de su titular o sin que lo
autorice una disposición legal, ya que pertenecen a la esfera íntima de la
persona y tienen carácter confidencial.
-
Los profesionales tienen obligación de denunciar
los hechos que conozcan en el ejercicio de su profesión que puedan ser
delictivos, estando obligados a comparecer y declarar en calidad de testigos al
ser requeridos por la autoridad judicial.
-
Los profesionales están obligados a facilitar al
Ministerio Fiscal y la Policía Judicial los datos y documentos que les
requieran como relevantes para la instrucción penal.
No hay comentarios:
Publicar un comentario