sábado, 10 de noviembre de 2012

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE), Juliane Kokott, las normas que regulan en España los procesos de desahucio


Según un dictamen de la Abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE), Juliane Kokott, las normas que regulan en España los procesos de desahucio por el impago de una hipoteca son incompatibles con las normas europeas de protección de los consumidores. En su opinión, la ley española no protege al consumidor contra posibles cláusulas abusivas de la hipoteca, al permitir que el embargado pierda la casa antes de que pueda reclamar daños y perjuicios. El gobierno de España asegura que estudiará cómo regular las cláusulas abusivas.

La abogada determina que la normativa española no garantiza la protección al hipotecado que quiera defenderse de las cláusulas abusivas de la hipoteca, ya que permite que éste pierda la propiedad y sea desalojado antes de que pueda reclamar daños y perjuicios. Aunque las conclusiones de Juliane Kokott no vinculan al tribunal, sí es cierto que en el 80% de los casos las sentencias se basan en estos dictámenes.

Este dictamen se produce después de que un juzgado mercantil de Barcelona hiciera una consulta en relación con el caso de un ciudadano que en enero de 2011 presentó una demanda contra catalunyaCaixa para denunciar las cláusulas abusivas de su hipoteca tras ser expulsado de su vivienda.

La letrada destaca que el consumidor en España sólo puede ejercitar una acción por daños y perjuicios tras ser desahuciado, por lo que considera que se incumple una normativa europea, la directiva 93/13. Dicha normativa exige que el consumidor pueda demostrar el carácter abusivo de las cláusulas durante el proceso de ejecución hipotecaria y, en ese caso, detener la ejecución forzosa. Es decir, la normativa europea facilita al consumidor un recurso legal para demostrar durante la ejecución forzosa, y no una vez se ha producido el desahucio, que las cláusulas son abusivas. Esto permitiría detener la subasta de la vivienda.

"No constituye una protección efectiva contra las cláusulas abusivas del contrato en que el consumidor, a raíz de dichas cláusulas, deba soportar indefenso la ejecución de la hipoteca con la consiguiente subasta forzosa de su vivienda, la pérdida de la propiedad que la acompaña y el desalojo", dictamina. Por tanto, segura que la regulación en España “menoscaba” la protección que sí garantiza la normativa europea.

Sin embargo, la abogada recuerda que la ejecución forzosa de hipotecas no está regulada a escala europea y es, por tanto, competencia de los estados miembros.

El gobierno estudiará las cláusulas abusivas

En el consejo de ministros la vicepresidenta del gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha asegurado que estudiarán cómo regular los productos abusivos como las cláusulas suelo (que fijan un interés mínimo para las hipotecas con el consiguiente impedimento de beneficiarse de mayores rebajas). Esta medida se aprobaría a través de un decreto ley o real decreto.

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