Según
un dictamen de la Abogada
general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE), Juliane Kokott,
las normas
que regulan en España los procesos de
desahucio por el impago de una hipoteca son incompatibles con las normas europeas
de protección de los consumidores. En su opinión, la ley
española no protege al consumidor contra posibles cláusulas abusivas de la
hipoteca, al permitir que el embargado pierda la casa antes de que pueda
reclamar daños y perjuicios. El gobierno de España asegura que estudiará cómo
regular las cláusulas abusivas.
La
abogada determina que la
normativa española no garantiza la protección al hipotecado que quiera
defenderse de las cláusulas abusivas de la hipoteca, ya que permite que éste pierda la propiedad
y sea desalojado antes de que
pueda reclamar daños y perjuicios. Aunque las conclusiones de Juliane
Kokott no vinculan al tribunal, sí es cierto que en el 80% de los casos las
sentencias se basan en estos dictámenes.
Este
dictamen se produce después de que un juzgado mercantil de Barcelona hiciera
una consulta en relación con el caso de un ciudadano que en enero de 2011
presentó una demanda contra catalunyaCaixa para denunciar las cláusulas
abusivas de su hipoteca tras ser expulsado de su vivienda.
La
letrada destaca que el
consumidor en España sólo puede ejercitar una acción por daños y perjuicios
tras ser desahuciado, por lo que considera que se incumple una normativa europea,
la directiva 93/13. Dicha normativa exige que el consumidor pueda
demostrar el carácter abusivo de las cláusulas durante el proceso de ejecución
hipotecaria y, en ese caso, detener la ejecución forzosa. Es decir, la
normativa europea facilita al consumidor un recurso legal para demostrar
durante la ejecución forzosa, y no una vez se ha producido el desahucio, que
las cláusulas son abusivas. Esto permitiría detener la subasta de la vivienda.
"No
constituye una protección efectiva contra las cláusulas abusivas del contrato
en que el consumidor, a raíz de dichas cláusulas, deba soportar indefenso la
ejecución de la hipoteca con la consiguiente subasta forzosa de su vivienda, la
pérdida de la propiedad que la acompaña y el desalojo", dictamina. Por
tanto, segura que la regulación en España “menoscaba” la protección que sí
garantiza la normativa europea.
Sin
embargo, la abogada recuerda que la ejecución forzosa de hipotecas no está
regulada a escala europea y es, por tanto, competencia de los estados miembros.
El gobierno estudiará las cláusulas abusivas
En el
consejo de ministros la vicepresidenta del gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría,
ha asegurado que estudiarán cómo regular los productos abusivos como las
cláusulas suelo (que fijan un interés mínimo para las hipotecas con el
consiguiente impedimento de beneficiarse de mayores rebajas). Esta medida se
aprobaría a través de un decreto ley o real decreto.
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