martes, 24 de julio de 2012

Descargo de Responsabilidad al viajar


1.   Menores de 14 años en vuelos domésticos. Los niños españoles de menos de 14 años que viajen con sus progenitores no tienen, en general, obligación de presentar ninguna documentación. Les corresponde a los padres ir identificados y responsabilizarse de la identidad de los menores con el libro de familia.


No obstante, la aerolínea Ryanair advierte de que "se requiere llevar un documento de viaje válido a todos los pasajeros, incluidos los bebés y menores de edad". Aunque cuenta con sentencias de los tribunales españoles en contra de la petición de DNI a los menores en vuelos domésticos, los pasajeros deben tener en cuenta este extremo.


2. Menores de 14 años en vuelos comunitarios. Si viajan a un país del espacio SCHENGEN, basta con que lleven el DNI. Según informa la Policía, se puede volar, dentro de la UE, únicamente con este documento a Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia (solo estancias turísticas), Eslovenia (solo estancias turísticas), Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Paises Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía (solo estancias no superiores a 30 días) y Suecia. También a otros países como Andorra, Liechtenstein, Croacia, Islandia, Mónaco, San Marino, Suiza, Noruega y El Vaticano.


3. Menores de 14 años en vuelos que no aterricen en el espacio Schengen. Estos pasajeros tendrán que llevar pasaporte propio y, si el país lo requiere, un visado.


4. Mayores de 14 años y menores de 18. Irán identificados como si se tratara de adultos.


Menores no acompañados


Algunas veces, los niños tienen que volar solos, bien porque les espera algún familiar en el lugar de destino o porque van a participar en actividades o en campamentos con otros menores. El verano es una estación en la que muchos pequeños pasan una temporada en el extranjero para aprender el idioma y en esos viajes no suelen ir acompañados de sus familiares.


Cuando los niños vayan a volar solos hay que tener una serie de precauciones adicionales. Junto a las limitaciones generales, se debe tener en cuenta las restricciones que tenga cada aerolínea. Si bien algunas facilitan totalmente la inclusión del menor entre la lista de pasajeros, otras no permiten embarcar a aquellos que no han cumplido los 16 años.


1.   Menores de cinco años. Los niños que no hayan cumplido los cinco años no podrán coger el avión, si no van acompañados por una persona de más 18 años.


2. Mayores de cinco años. A partir de esta edad, los menores podrán viajar solos si la persona responsable del menor firma un Descargo de Responsabilidad y asegura que un adulto recogerá al niño y se hará cargo de él en el aeropuerto. Deben dejar registrado el nombre y el teléfono de quien lo acompañará en el aeródromo y el de la persona que lo recogerá cuando llegue.


En realidad, aunque los niños vayan sin sus padres o sin un mayor de edad que los acompañe, no viajan solos: hasta los 12 años, un miembro de la tripulación de la cabina se hace cargo de los menores, previo pago a la aerolínea por este servicio. Como orientación, Iberia cobra 30 euros en vuelos dentro de la península y a Baleares y 50 si va a Canarias, el resto de Europa, Oriente Medio y África.


A partir de los cinco años los niños pueden volar solos


Además, las compañías aéreas suelen contar con libros o juegos con los que los pequeños pueden entretenerse. También ofrecen menús infantiles, aunque conviene que los padres lo soliciten con antelación para asegurarse de que estén disponibles.


Cuando los menores vayan a volar solos, es recomendable hacer la reserva del vuelo con cierta antelación, con el fin de tener la documentación necesaria para realizar el viaje. Es conveniente dar al niño una copia con los números de teléfono de los padres y de la persona que le recogerá en el aeropuerto de llegada. Hasta que el avión haya despegado, los responsables del pequeño deben permanecer en el aeródromo.


Menores con personas que no son sus padres


Los niños menores de 14 años que no tengan DNI o pasaporte con el que acreditarse pueden volar con una persona mayor de edad que no sea su padre, su madre o su tutor. Ya se trate de un familiar o de un amigo, en estos se casos se requiere, en los vuelos domésticos, que los pequeños exhiban alguno de los siguientes documentos:


  • Un poder notarial en el que figure la autorización del padre, la madre o el tutor, los datos personales del menor y su fotografía.
  • Autorización formalizada en alguna dependencia policial. Se hace mediante la comparecencia del padre, la madre o el tutor que incluirá el nombre de la persona a la que se encarga la custodia del niño durante el viaje. Se presentará junto al DNI o el pasaporte de esta persona.


No hay una normativa estandarizada en los viajes al extranjero, por lo que es conveniente que los menores de edad lleven, además del DNI, todos los documentos que le requieran en el país. Para evitar complicaciones posteriores, se puede consultar en el consulado correspondiente qué papeles necesita el niño.


Grupos de menores


Si los niños viajan en grupo tendrán que llevar, al menos, un acompañante adulto por cada 15 menores. Conviene ponerse en contacto antes con la aerolínea para comunicar el número de niños que viajarán y con cuántos adultos irán.


Bebés


Si los viajes con niños de cualquier edad requieren poner una especial atención en los trámites previos, no menos complicado es coger un avión con un bebé. Antes de volar, conviene informarse de todas las restricciones que aplican las compañías para evitar sorpresas de última hora.


Se considera bebé al niño entre cero y dos años sin cumplir. Si el pequeño no tiene esta edad en el viaje de ida pero es mayor de dos años en el de vuelta, ya no será calificado como bebé y es posible que los padres tengan que abonar una tarifa más elevada o un recargo adicional.


Hay que poner especial atención a los requisitos que fija cada compañía para volar con menores


Los bebés no ocupan asiento y tampoco se les asocia equipaje. Los niños menores de dos años van durante el trayecto en el regazo del adulto. En los vuelos largos, como es el caso de los intercontinentales, muchas compañías dan la posibilidad de que descansen en cunitas para que tanto los pequeños como los padres vayan cómodos.


En todo caso, tienen que ir acompañados por una persona de 18 años o más y, según informan desde la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), no está permitido que un adulto viaje con dos o más bebés, salvo que otra persona mayor de edad, a petición del primero, se haga cargo del otro o los otros niños menores de dos años. También es posible llevar un segundo bebé si el adulto porta una sillita de automóvil homologada en la que irá uno de los pequeños y que se colocará en el asiento contiguo.


El bebé debe llevar un cinturón de bucle adicional al del adulto u otro dispositivo de sujeción que proporcione la compañía. Es, según la AESA, el único caso en el que se permite el agrupamiento de dos personas en un mismo asiento, siempre y cuando se cuente de forma complementaria con una máscara de oxígeno y un chaleco salvavidas. Es esta disponibilidad de bucles adicionales, máscaras de oxígeno y chalecos salvavidas la que limita el número de bebés que pueden viajar en un mismo vuelo.

En cuanto a los carritos plegables y sillitas, muchas compañías dan la opción de facturarlos de forma gratuita junto con el equipaje de los adultos o de llevarlos en la cabina plegados siempre y cuando haya espacio.


En lo referente al pago del billete, también depende de la aerolínea elegida. En algunas, los bebés viajan de forma gratuita y en otras abonan un porcentaje del billete completo, en torno al 10%.


Entre las restricciones, cabe señalar que es posible que los recién nacidos no puedan coger el avión hasta que hayan cumplido sus primeras semanas. RYANAIR, por ejemplo, no permite que los bebés de menos de siete días vuelen en sus aviones.

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