viernes, 25 de julio de 2014

Real Decreto 1046/2003 sobre la formación continua.

Su empresa dispone de créditos para realizar esta formación a coste 0.
Seguidamente le informo del proceso de bonificación:
1º- Tramitamos la solicitud.
2º- En unos días el alumno (empleado) recibe los materiales correspondientes al curso solicitado, junto al examen tipo test y un sobre franqueado para evitar gastos.
3º- Una vez finalizado el proceso y enviado el examen, recibirán una bonificación de 420€  (por cada curso solicitado) a través de los pagos que realizan a la Seguridad Social.
4º- posteriormente abonarán el cargo a la entidad organizadora, con la cantidad bonificada.
Les recuerdo que esta acción formativa no supondrá ningún coste, ni para la empresa ni para el trabajador, y que cada año disponen de créditos para realizar la formación. Ponemos a su disposición más de 1.000 cursos, los cuales acreditamos con un diploma homologado por la Comunidad Europea y el Ministerio de Trabajo.
El fin de esta formación continua es mejorar el rendimiento de los trabajadores y equitativamente de la empresa, así como evitar sanciones en caso de no disponer de los cursos obligatorios por normativa.
Toda esta información queda regulada por el  del Real Decreto 1046/2003 del 1 de Agosto y por la Orden Ministerial del  13 de Febrero TAS/500/2004.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo, quedando a su disposición para resolver posibles consultas. 
Le saluda cordialmente:  
Mildred Ostaiza 628 796 735



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