Como
ya se anunció, se mejorará la
independencia de las sociedades de tasación, limitando la
presencia de los bancos en su accionariado del 25% al 10%. La ley hipotecaria
incluirá una reglamentación para la venta extrajudicial de las viviendas, que
hasta ahora "suscitaban problemas de legalidad", incluyendo la
posibilidad de realizar "subastas extrajudiciales online" con un procedimiento
"mucho más garantía que agilizará la resolución de las ejecuciones y
aliviará la carga de los juzgados".
En
cuanto a las ejecuciones hipotecarias, de Guindos ha señalado que se permitirá
que si tras la ejecución de la hipoteca al deudor de buena fe le restara deuda
por pagar, el juez tendrá la potestad de decidir si se amortiza hasta el 65%
máximo del total hasta el quinto año desde la ejecución o del 80% en diez años.
Es decir, el juez podrá condonar el pago de la deuda remanente si el deudor
paga el 65% del total pendiente en el quinto año desde la adjudicación del bien
tras el proceso de subasta o el 80% en el décimo año. "y si la entidad
financiera obtiene una plusvalía con la venta del bien en esos diez años el juez podrá exigir que el 50% de esa
plusvalía se reduzca de la deuda", ha añadido de Guindos
Tocante
a las subastas, el gobierno
facilitará el acceso de los postores a las subastas "por
ejemplo, rebajando los requisitos" como el aval necesario para pujar, que
caerá del 20 al 5% del valor de tasación; ampliar de 20 a 40 días el plazo para
que el adjudicatario encuentre financiación o impedir que el precio de subasta
sea inferior al 75% del precio de tasación en escritura.
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